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Asim Kilinc, abogado de inmigración, CK Law Firm | Editor de contenidos Abdullah Celik
Al leer este artículo, podrá encontrar respuesta a las siguientes preguntas sobre el formulario I-131F:
- ¿Qué es el formulario I-131F?
- ¿Quién puede presentar el formulario I-131F?
- ¿Qué documentos deben presentarse con el formulario I-131F?
- ¿Cuál es la tasa de presentación del formulario I-131F?
- ¿Puedo presentar el formulario I-131F junto con otro formulario?
- ¿Qué debo esperar después de presentar el formulario I-131F?
- ¿Qué pasa si rechazan mi solicitud?
- Sé que necesito ayuda legal, ¿qué debo hacer?
- ¿Puedo viajar fuera de EE.UU. mientras mi solicitud está pendiente o después de ser aprobada?
- ¿Puedo trabajar en EE.UU. en situación de libertad condicional?
- ¿Cuál es la relación entre el Formulario I-131F y el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero?
- ¿Cuáles son los efectos de la aprobación del Formulario I-131F sobre el cambio de estatus?
Si tiene alguna otra pregunta sobre el Formulario I-131F, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de la sección de comentarios al final de este artículo o a través de la página web de abogados de inmigración de CK Law Firm.
¿Qué es el Formulario I-131F?
Oficialmente conocido como “Solicitud de Permiso de Permanencia Temporal en el País para Ciertos No Ciudadanos Cónyuges e Hijastros de Ciudadanos Estadounidenses“, el Formulario I-131F es una parte significativa de la inmigración a los Estados Unidos. Bajo el programa de “Manteniendo a las Familias Unidas” de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), algunos cónyuges e hijastros no ciudadanos de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar Permiso de Permanencia Temporal o Parole (PIP por sus siglas en inglés), lo que les permite permanecer en los Estados Unidos mientras buscan el estatus de residente permanente legal. Para aquellos que están en los Estados Unidos sin admisión o libertad condicional legal, este formulario es especialmente crucial ya que ofrece una vía para regularizar su estatus sin tener que abandonar el país, lo cual a menudo puede ser un proceso difícil y complicado.
El Permiso de Permanencia Temporal (PIP) es una acción discrecional del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que permite a los no ciudadanos que están ilegalmente en los EE. UU. permanecer temporalmente en el país. Dado que cumplen con todos los demás criterios de elegibilidad, este estatus les ayuda a evitar la deportación y proporciona una base legal para que soliciten una tarjeta verde mediante ajuste de estatus.
¿Quiénes son elegibles para presentar el Formulario I-131F?
La elegibilidad para presentar el Formulario I-131F está especialmente restringida a algunos grupos de no ciudadanos con vínculos cercanos con ciudadanos estadounidenses. Aquí hay una lista completa de aquellos que podrían calificar:
1. Cónyuge No Ciudadano de un Ciudadano Estadounidense
– Aquí puede encontrar información sobre cómo cumplir con los requisitos como cónyuge no ciudadano de un ciudadano estadounidense.
– Presencia Física y Continua: Debe estar físicamente presente en los EE. UU. sin haber sido admitido o puesto en libertad condicional legalmente. Ya sea que haya excedido el tiempo de su visa o haya ingresado al país sin pasar por el procesamiento de inmigración oficial. Desde al menos el 17 de junio de 2014 hasta la fecha en que presente su solicitud, debe haber estado presente físicamente en los Estados Unidos de manera continua. Estar presente continuamente demuestra sus lazos a largo plazo con los Estados Unidos.
– Matrimonio: Su matrimonio debe tener lugar el 17 de junio de 2024 o antes, y debe estar legalmente casado con un ciudadano estadounidense. El matrimonio debe ser legítimo y no estar motivado únicamente por la inmigración.
– Historial Criminal: No debe considerarse una amenaza para la seguridad pública, la seguridad fronteriza o la seguridad nacional ni tener un historial criminal significativo. Entre los delitos que descalifican se encuentran la mayoría de los delitos relacionados con drogas, agresión sexual, violencia doméstica y asesinato.
2. Hijastro No Ciudadano de un Ciudadano Estadounidense
– Para ser elegible para presentar el Formulario I-131F como hijastro no ciudadano de un ciudadano estadounidense, debe probar:
– Presencia Física y Continua: Al igual que los requisitos para el cónyuge, debe estar físicamente presente en los Estados Unidos sin admisión o libertad condicional legal. Desde al menos el 17 de junio de 2024 hasta la fecha de su solicitud, debe haber estado presente físicamente en los Estados Unidos de manera continua.
– Matrimonio Parental: Antes de su cumpleaños número 18 y el 17 de junio de 2024 o antes, su padre no ciudadano debe haber estado legalmente casado con un ciudadano estadounidense. Esto aclara el vínculo de hijastro.
– Estado Civil: Para encajar en esta categoría, debe haber estado soltero a partir del 17 de junio de 2024 y tener menos de veintiún años de edad.
– Historial Criminal: Cualquier historial criminal significativo podría evitar que se le conceda la libertad condicional en lugar, igual que en la categoría de cónyuges.
¿Qué documentos deben presentarse con el Formulario I-131F?
Obtener y presentar la documentación de respaldo correcta es crucial al prepararse para presentar el Formulario I-131F. Estos registros ayudan a demostrar su elegibilidad para la libertad condicional en lugar. Aquí hay una lista completa de los registros que necesitará:
1. Prueba de Identidad
– Recuerde que los documentos vencidos se pueden presentar junto con otra documentación de respaldo y que, si alguno de sus documentos no está en inglés, debe incluir una traducción certificada de todo el documento al inglés antes de describir cómo prueba su identidad.
– Licencia de Conducir o Identificación Emitida por el Gobierno Válida: Debe ser un documento oficial del gobierno, como una tarjeta de identificación estatal o una licencia de conducir. Debe mostrar claramente su nombre, foto y fecha de nacimiento.
– Página de Identificación de su Pasaporte: Que incluye su nombre, foto, número de pasaporte y otra información personal, sirve como la principal fuente de confirmación de identidad.
– Tarjeta de Identificación Nacional de su País de Origen: Si tiene una tarjeta de identificación nacional de su país de origen, debe enviar una copia. Esta hoja debe tener su foto e información personal.
– Tarjeta de Identificación Escolar con Foto: Para candidatos que aún estén en la escuela, se puede presentar una tarjeta de identificación escolar con foto como prueba adicional de identidad.
2. Prueba de Ciudadanía del Cónyuge o Padrastro de EE. UU.
– Certificado de Nacimiento de EE. UU.: Si su cónyuge o padrastro nació en los Estados Unidos, una copia de su certificado de nacimiento servirá para probar la ciudadanía.
– Certificado de Naturalización: Si su cónyuge o padrastro se naturalizó como ciudadano estadounidense, debe presentar una copia de su certificado de naturalización.
– Certificado de Ciudadanía: Aquellos que obtuvieron o derivaron la ciudadanía de sus padres reciben este certificado. Una copia será suficiente prueba de ciudadanía.
– Pasaporte de EE. UU.: Un pasaporte estadounidense válido o vencido también es una prueba aceptable de ciudadanía.
3. Prueba de Relación
– Certificado de Matrimonio: Debe entregar una copia certificada de su certificado de matrimonio, que acredite el reconocimiento legal de su matrimonio.
– Documentación de la Terminación de Matrimonios Anteriores: Si alguno de los cónyuges tuvo un matrimonio anterior, debe presentar certificados de defunción, decretos de divorcio u órdenes de anulación que prueben que todos los matrimonios anteriores terminaron legalmente.
– Certificado de Nacimiento: Para probar la relación de los padres con los hijastros, se requiere un certificado de nacimiento que incluya el nombre del padre no ciudadano.
– Certificado de Defunción de EE. UU.: Si su cónyuge o padrastro ciudadano estadounidense falleció, debe proporcionar un certificado de defunción como prueba.
4. Prueba de Presencia Física Continua
– Debe proporcionar una combinación de los siguientes registros para mostrar su presencia física continua en los Estados Unidos:
– Facturas de Servicios Públicos o Recibos de Alquiler: Pueden demostrar que ha vivido en una dirección específica de los Estados Unidos de manera continua.
– Transcripciones de Impuestos del IRS o Copias de Declaraciones de Impuestos Recientes Presentadas: Ofrecen pruebas de su presencia continua.
– Registros Escolares: Si tiene hijos matriculados en una escuela, sus registros mostrarán su presencia estadounidense a lo largo del tiempo.
– Registros Médicos: Incluyendo visitas al médico y registros de vacunación, permiten demostrar presencia continua.
– Participación en Eventos Religiosos o Asistencia Consistente a un Lugar de Adoración: Ayudará a probar su presencia continua en los Estados Unidos.
5. Prueba de Historial Criminal, si es relevante
– Si tiene antecedentes penales, debe proporcionar:
– Copias Certificadas por el Tribunal de Registros Penales: Incluyen registros de arrestos, documentos de
acusación y fallos judiciales finales.
– Declaración Oficial de la Agencia que Arrestó: Si fue arrestado pero no acusado, debe obtener una declaración de la agencia que lo arrestó que acredite que no se presentaron cargos.
– Documentación de Condenas Canceladas o Eliminadas: Si se revocó, eliminó o selló una condena, debe proporcionar las órdenes judiciales pertinentes o declaraciones que lo verifiquen.
6. Más Pruebas (si es relevante)
– Documentación que Apoya Razones Humanitarias Urgentes o Beneficio Público Significativo: Podría incluir pruebas de vínculos comunitarios, vulnerabilidad derivada de la edad o enfermedad, o los efectos de su deportación en familiares ciudadanos de EE. UU.
– Declaración Personal: Declaración personal de 750 a 2000 palabras que describa sus circunstancias y la razón por la cual está solicitando libertad condicional en lugar. Esta es su oportunidad de proporcionar cualquier situación inusual o dificultad que USCIS deba tener en cuenta al revisar su solicitud.
¿Cuánto cuesta presentar el Formulario I-131F?
El Formulario I-131F tiene una tarifa de presentación de $580. Este formulario no ofrece exención de tarifas, por lo que debe estar preparado para pagar esta cantidad al momento de su solicitud. El formulario solo se puede enviar en línea a través del sitio web de USCIS. Cualquier intento de presentar una solicitud en papel será denegado, por lo que perderá la tarifa de presentación.
¿Puedo presentar el Formulario I-131F junto con otro formulario?
No, el Formulario I-131F no se puede presentar junto con el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. USCIS exige esperar la aprobación de su Formulario I-131F antes de solicitar la autorización de empleo. Esto significa que, incluso si es elegible para un Documento de Autorización de Empleo (EAD), debe seguir primero el proceso de libertad condicional en lugar y obtener un resultado positivo antes de presentar el Formulario I-765.
Después de enviar el Formulario I-131F, ¿qué debo esperar?
Varios pasos siguen en el proceso de solicitud una vez que haya enviado el Formulario I-131F. Por lo tanto, debe esperar lo siguiente:
– Aviso de Recepción: Su cuenta en línea de USCIS mostrará un aviso de recibo de inmediato al enviar su formulario. Este aviso certifica que su solicitud está en proceso y ha sido recibida.
– Cita Biométrica: La mayoría de las solicitudes requerirán que asista a una cita biométrica. Sus huellas dactilares, foto y firma se tomarán para verificaciones de antecedentes durante esta visita. Se le notificará su cita junto con la fecha, hora y ubicación.
– Solicitud de Pruebas (RFE): Si USCIS considera que se requiere más información o documentación para tomar una decisión sobre su caso, enviarán una Solicitud de Pruebas (RFE). Es esencial responder a un RFE de manera rápida y completa, ya que no hacerlo podría causar que su solicitud sea denegada.
– Entrevista: Como parte del proceso de solicitud, USCIS podría pedirle que se presente a una entrevista. Un oficial de USCIS investigará su solicitud, antecedentes y motivaciones para buscar libertad condicional en lugar durante la entrevista. Prepárese para detallar cada elemento de su caso.
– Decisión: Una vez que USCIS haya examinado todos los registros y documentación requeridos, tomarán una decisión. Su cuenta en línea de USCIS le notificará la decisión. Si se otorga la aprobación, recibirá un Formulario I-797, Notificación de Aprobación junto con una copia de su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, que indica el período de validez de su libertad condicional en lugar.
¿Qué sucede si mi solicitud es rechazada?
Si se rechaza su solicitud de libertad condicional en lugar, USCIS generalmente no iniciará acciones de deportación basadas únicamente en el rechazo. Sin embargo, si se considera una prioridad bajo las políticas actuales, DHS tiene la discreción de comenzar actividades de cumplimiento de inmigración si usted representa una amenaza para la seguridad nacional, la seguridad pública o la seguridad fronteriza.
Aunque no puede apelar la denegación de su Formulario I-131F, podría presentar una nueva solicitud que incluya pruebas nuevas o adicionales junto con la tarifa de presentación necesaria. Revise cuidadosamente las razones detrás de su rechazo y abórdelas en su próxima solicitud para aumentar sus posibilidades de aprobación.
Sabiendo que necesito ayuda legal, ¿qué debo hacer?
El proceso de solicitud de libertad condicional en lugar puede ser complicado y difícil, particularmente cuando se consideran temas como presencia física continua, historial criminal y elegibilidad para ajuste de estatus. Consulte con un abogado de inmigración experimentado si está pensando en presentar el Formulario I-131F o ya lo ha presentado y ha encontrado problemas.
Un abogado puede ayudarlo a redactar su solicitud, asegurarse de que se incluyan todos los documentos necesarios y representarlo en cualquier contacto con USCIS. Dado que hay mucho en juego en los temas de inmigración, el asesoramiento legal profesional puede afectar significativamente el resultado de su caso.
¿Puedo viajar fuera de los Estados Unidos? ¿Ya sea mientras mi solicitud está pendiente o después de la aprobación?
Viajar fuera de los Estados Unidos mientras su solicitud está pendiente, o incluso después de la libertad condicional en lugar, puede causar problemas importantes. Si sale de los Estados Unidos después de recibir la libertad condicional en lugar, su libertad condicional terminará automáticamente y se le podría negar la reentrada. La libertad condicional en lugar no otorga permiso para viajar. Necesitaría un Documento de Libertad Condicional Anticipada para viajar, pero incluso con este documento, la reentrada no está garantizada. Por lo tanto, se recomienda encarecidamente abstenerse de viajar al extranjero durante el proceso de libertad condicional.
¿Puedo trabajar en los Estados Unidos bajo libertad condicional en lugar?
Sí, si se aprueba su solicitud de libertad condicional en lugar, puede solicitar bajo la categoría de elegibilidad (c)(11) un Documento de Autorización de Empleo (EAD) mediante el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Sin embargo, debe esperar hasta que se apruebe su Formulario I-131F antes de presentar el Formulario I-765. La tarifa de presentación del Formulario I-765 es de $520 si se presenta en papel o de $470 si se presenta en línea. Las exenciones de tarifas para el Formulario I-765 solo están disponibles si se presenta por correo.
¿Cómo se relacionan el Formulario I-131F y el Formulario I-130, Petición para un Familiar Extranjero?
El Formulario I-130 es la petición que un cónyuge ciudadano estadounidense o padrastro presenta en nombre de un cónyuge o hijastro no ciudadano para establecer la relación familiar necesaria para una solicitud de tarjeta verde. Su cónyuge o padrastro ciudadano estadounidense aún debe presentar el Formulario I-130 incluso si se le concede libertad condicional en lugar para cambiar su estatus a residente permanente legal (LPR). Aunque deben presentarse por separado, el Formulario I-130 se puede presentar antes, durante o después del proceso del Formulario I-131F.
El padrastro ciudadano estadounidense debe demostrar para los hijastros que el matrimonio con el padre no ciudadano fue de buena fe, es decir, que no se contrajo únicamente para fines de inmigración.
Sobre las Exenciones Provisionales de Presencia Ilegal I-601A:
Si ha acumulado presencia ilegal en los Estados Unidos, podría tener que presentar el Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional de Presencia Ilegal, para eliminar las barreras de reingreso aplicables al salir del país para obtener una visa. Sin embargo, si se le otorga libertad condicional bajo el Formulario I-131F y luego busca ajustar su estatus (Formulario I-485), no tendrá que salir de los Estados Unidos y, por lo tanto, es posible que no necesite una exención temporal de presencia ilegal.
Todavía puede solicitar libertad condicional en lugar si tiene un Formulario I-601A aprobado o pendiente. Sin embargo, si se aprueba su Formulario I-131F y busca un cambio de estatus, su Formulario I-601A pendiente será denegado, ya que no sería necesario. Para evitar cualquier discrepancia, asegúrese de que toda la información biográfica en el Formulario I-131F coincida con la información en su Formulario I-601A.
¿Qué efectos tendría la Aprobación del Formulario I-131F en el Ajuste de Estatus?
La aprobación del Formulario I-131F y la consiguiente concesión de libertad condicional en lugar le permite permanecer en los EE. UU. y posiblemente cambiar su estatus a residente permanente legal (LPR). Debe presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar el Estatus, para lograr esto. La concesión de libertad condicional en lugar cumple con los criterios bajo la INA 245(a), que establecen que un solicitante debe haber sido inspeccionado y admitido en los Estados Unidos.
Sin embargo, la solicitud de ajuste de estatus aún será evaluada para determinar la admisibilidad, incluyendo cualquier presencia ilegal que pueda haber acumulado antes de la concesión de libertad condicional. Si ha estado presente ilegalmente antes de la libertad condicional en lugar, esto podría afectar su elegibilidad para el ajuste de estatus y requerir exenciones u otras acciones legales.
Por Asim Kilinc, Abogado de Inmigración en CK Law Firm
La visa F1 es una visa de estudiante inmigrante temporal otorgada a estudiantes internacionales que desean estudiar en los Estados Unidos. Una de las preguntas más frecuentes de las personas que solicitan la visa F1 es si pueden trabajar mientras tienen esta visa. En este artículo, responderemos las siguientes preguntas:
- ¿Qué es una Visa F1?
- ¿Cuántas horas se puede trabajar por semana con una Visa F1?
- ¿Cómo trabajar en el campus con una Visa F1?
- ¿Cómo trabajar fuera del campus con una Visa F1?
Si tiene preguntas adicionales sobre la visa F1, no dude en ponerse en contacto conmigo a través de la sección de comentarios debajo de este artículo, enviando un mensaje directo en LinkedIn o a través del sitio web de CK Law Firm Immigration Law Firm, donde soy cofundador.
¿Qué es una Visa F1?
La visa F1 es una visa de estudiante inmigrante temporal otorgada a estudiantes internacionales que desean estudiar en los Estados Unidos. La visa de estudiante F1 indica que el solicitante ha sido aceptado por una institución educativa en los Estados Unidos, puede cubrir sus gastos mientras estudia y regresará a su país de origen una vez que haya completado sus estudios. La institución aceptada podría ser una escuela de idiomas, un programa de licenciatura, un grado asociado o un programa de doctorado.
¿Cuántas horas se puede trabajar por semana con una Visa F1?
Las horas de trabajo mientras se estudia en los Estados Unidos con una visa F1 están sujetas a regulaciones específicas:
Trabajo en el Campus:
- Durante el Período Académico: Puede trabajar hasta 20 horas por semana.
- Durante las Vacaciones: Puede trabajar hasta 40 horas por semana durante las vacaciones de verano, invierno u otras vacaciones oficiales.
Trabajo Fuera del Campus: Los permisos de trabajo fuera del campus generalmente se otorgan después de la graduación y en programas específicos. Sin embargo, estas horas de trabajo generalmente están sujetas a restricciones similares y pueden variar según el tipo de trabajo.
Es crucial cumplir con estos límites de horas, ya que violarlos puede resultar en la cancelación de su visa F1 y la pérdida de su estatus legal en los Estados Unidos.
¿Cómo trabajar en el campus con una Visa F1?
Trabajar en el campus con una visa F1 es una opción popular para los estudiantes internacionales en los Estados Unidos. El trabajo en el campus permite a los estudiantes ganar legalmente y adquirir experiencia laboral. Aquí están los pasos para trabajar en el campus con una visa F1:
Identificar Trabajos Adecuados:
- Los trabajos en el campus son posiciones ubicadas dentro de las instalaciones de la universidad. Estos pueden incluir trabajar en la biblioteca, centro estudiantil, cafetería, como asistente de enseñanza o asistente de investigación.
Solicitud de Trabajo:
- Explore las oportunidades laborales a través del centro de carreras de su universidad, la oficina de asuntos estudiantiles o listados de trabajos en línea.
- Es posible que necesite preparar un currículum (CV) y una carta de presentación al solicitar trabajos. Además, algunas posiciones pueden requerir que participe en una entrevista.
Solicitud de Número de Seguro Social (SSN):
- Para trabajar legalmente en los Estados Unidos, debe obtener un Número de Seguro Social (SSN).
- Puede solicitar un SSN obteniendo los documentos necesarios de su empleador o asesor estudiantil. Generalmente, necesitará su pasaporte, visa F1, formulario I-20 y una carta de confirmación de su universidad.
Horas de Trabajo y Obligaciones Fiscales:
- Planifique sus horas de trabajo para no exceder el límite semanal de 20 horas.
- Es posible que deba pagar impuestos sobre sus ingresos del trabajo en el campus. Por lo tanto, es posible que deba presentar una declaración de impuestos cada año.
¿Cómo trabajar fuera del campus con una Visa F1?
Trabajar fuera del campus con una visa F1 en los Estados Unidos es posible bajo ciertas condiciones y generalmente está limitado a programas específicos.
Entrenamiento Práctico Curricular (CPT):
El CPT permite trabajar fuera del campus como parte de su programa educativo. Las pasantías, programas de educación cooperativa o formación en el trabajo pueden considerarse CPT.
Requisitos:
- El CPT debe estar directamente relacionado con sus estudios.
- El estudiante debe haber completado al menos un año académico de estudio a tiempo completo.
- Debe obtener la aprobación de su asesor académico y la oficina de estudiantes internacionales de su universidad.
Duración del Trabajo:
- Puede trabajar a tiempo completo (más de 20 horas por semana) o a tiempo parcial (menos de 20 horas por semana) bajo CPT.
Cómo Solicitar:
- Una vez que encuentre un trabajo adecuado para CPT, debe obtener la aprobación del CPT en su formulario I-20 de la oficina de estudiantes internacionales de su universidad.
- No comience a trabajar sin proporcionar esta aprobación a su empleador.
Entrenamiento Práctico Opcional (OPT):
El OPT permite a los titulares de visas F1 trabajar fuera del campus antes o después de completar su programa educativo. El OPT generalmente se usa para adquirir experiencia laboral después de la graduación.
Requisitos:
- El OPT debe estar en un campo relacionado con sus estudios.
- Cada estudiante tiene derecho a un total de 12 meses de OPT; los estudiantes en campos STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Matemáticas) pueden ser elegibles para una extensión de 24 meses.
Duración del Trabajo:
- OPT Previo a la Graduación: Puede trabajar menos de 20 horas por semana durante sus estudios.
- OPT Después de la Graduación: Puede trabajar a tiempo completo después de la graduación.
Cómo Solicitar:
- Se recomienda solicitar el OPT no más tarde de 90 días antes de la graduación.
- Debe presentar el formulario I-765 y otros documentos requeridos a USCIS para solicitar.
- Una vez aprobado, puede comenzar a trabajar en las fechas designadas.
Dificultad Económica Severa:
Si enfrenta una dificultad económica inesperada y descubre que el trabajo en el campus no es suficiente, puede solicitar un permiso de trabajo fuera del campus.
Requisitos:
- Debe haber sido estudiante a tiempo completo en estatus F1 durante al menos un año académico.
- Debe demostrar que el trabajo fuera del campus es necesario debido a dificultades económicas.
Cómo Solicitar:
- Debe solicitar a USCIS presentando el formulario I-765 con los documentos de respaldo.
- Es posible que necesite obtener una carta de recomendación de la oficina de estudiantes internacionales.
- Una vez aprobado, puede comenzar a trabajar fuera del campus.
Organizaciones Internacionales:
Puede obtener permiso para trabajar fuera del campus para ciertas organizaciones internacionales. Estas organizaciones pueden incluir grandes instituciones como las Naciones Unidas.
Requisitos:
- El trabajo debe estar dentro del ámbito de una organización internacional y estar relacionado con sus estudios.
Cómo Solicitar:
- Debe ponerse en contacto con la oficina de estudiantes internacionales para organizar su formulario I-20.
- Debe solicitar a USCIS para obtener un permiso de trabajo.
Número de Seguro Social (SSN):
- Deberá obtener un Número de Seguro Social (SSN) para trabajar. Es posible que deba obtener los documentos necesarios de su empleador o de la oficina de estudiantes internacionales para solicitar un SSN.
Obligaciones Fiscales:
- Debe pagar impuestos sobre sus ingresos durante el período de trabajo fuera del campus. Es importante presentar una declaración de impuestos cada año y pagar la cantidad correcta de impuestos.
Trabajar fuera del campus sin un permiso de trabajo puede llevar a la cancelación de su visa F1 y la pérdida de su estatus legal en los Estados Unidos. Por lo tanto, es extremadamente importante seguir cada paso correctamente y cumplir con la ley. Es recomendable consultar a su asesor de estudiantes internacionales o a un abogado de inmigración para cualquier oportunidad de trabajo.
Trabajar fuera del campus con una visa F1 en los Estados Unidos puede ser una excelente manera de adquirir experiencia laboral y comenzar su carrera con fuerza. Sin embargo, es importante prestar atención a los requisitos legales durante este proceso.
No dude en ponerse en contacto con nosotros en cklawfirm.org o comunicarse directamente conmigo en LinkedIn para averiguar si califica para una visa F1 a través de nuestro servicio de consulta gratuita. Todo lo que necesita hacer es enviarnos su currículum. Lo revisaremos y nos pondremos en contacto con usted dentro de las 24 horas.
¿Quién es el Abogado Asım Kılınç?
El abogado Asım Kılınç es cofundador de CK Law Firm y es reconocido por su experiencia en derecho de inmigración y solicitudes de asilo en los EE.UU. Kılınç completó su Maestría en la Facultad de Derecho Dedman de la Universidad Southern Methodist y es miembro del Colegio de Abogados de Missouri, con un enfoque en el derecho de inmigración de los EE.UU.
El extenso conocimiento y experiencia del abogado Kılınç en derecho de inmigración han contribuido significativamente al éxito de CK Law Firm en este campo. Ha participado activamente en la preparación de más de 1,000 casos, demostrando su experiencia en esta área. Al proporcionar un apoyo legal completo y profesional a sus clientes, les ayuda a adaptarse a sus nuevas vidas en los EE.UU.
El abogado Kılınç también tiene un amplio conocimiento en solicitudes de asilo en los EE.UU. Guía meticulosamente a sus clientes a lo largo del proceso, asegurando que reciban el mejor asesoramiento legal. Ofrece servicios de alta calidad a clientes en asuntos de ciudadanía, Green Card, permisos de trabajo y otros procesos de inmigración, apoyándolos desde el principio hasta el final en su camino hacia la ciudadanía estadounidense.
El abogado Asım Kılınç, quien refuerza el liderazgo de CK Law Firm en derecho de inmigración y solicitudes de asilo en los EE.UU., ofrece servicios de consultoría legal confiables y efectivos a los clientes, ayudándolos a construir una nueva vida en los EE.UU.
Por Asim Kilinc, Abogado de Inmigración en CK Law Firm
La visa O1 es una prestigiosa visa de inmigrante que proporciona residencia permanente en los Estados Unidos a personas con habilidades extraordinarias. Este tipo de visa está diseñado específicamente para aquellos que han alcanzado reconocimiento internacional en campos como la ciencia, las artes, la educación, los negocios o el atletismo.
- ¿Qué es la visa O1?
- ¿Cuáles son las diferencias entre las visas O1-A y O1-B?
- ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la visa O1-A?
- ¿Cuáles son los requisitos para solicitar la visa O1-B?
Si tienes preguntas adicionales sobre el tipo de visa O1, no dudes en comunicarte conmigo a través de la sección de comentarios debajo de este artículo, enviando un mensaje directamente en LinkedIn o a través del sitio web de CK Law Firm, la firma de abogados de inmigración de la cual soy cofundador.
¿Qué es la visa O1?
La visa O1, o visa para Individuos con Habilidades o Logros Extraordinarios, es un tipo de visa de empleo temporal disponible para personas que han alcanzado éxito en campos como la ciencia, las artes, el atletismo, los negocios o la educación según lo determinado por USCIS. Hay dos categorías bajo este tipo de visa: O1-A y O1-B.
¿Cuáles son las diferencias entre las visas O1-A y O1-B?
Las visas O-1A y O-1B se otorgan a personas con habilidades extraordinarias en los Estados Unidos, pero están dirigidas a diferentes campos. Aquí están las principales diferencias entre las visas O-1A y O-1B:
Visa O-1A:
- La visa O-1A está destinada a personas con habilidades extraordinarias en campos como la ciencia, la educación, los negocios o el atletismo.
- El solicitante debe demostrar logros extraordinarios en su campo, evidenciados por premios reconocidos internacionalmente, publicaciones u otros logros significativos.
- Esta visa cubre un amplio espectro profesional y es a menudo elegida por científicos, académicos, líderes empresariales reconocidos, altos ejecutivos y deportistas profesionales.
Visa O-1B:
- La visa O-1B está diseñada para personas con habilidades extraordinarias en las artes, el cine o la televisión.
- Los solicitantes deben proporcionar evidencia de habilidades extraordinarias en las artes, como haber ganado premios importantes o haber participado en proyectos ampliamente reconocidos.
- Esta visa es comúnmente utilizada por actores, cantantes, bailarines, directores, músicos y otros artistas.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la visa O1-A?
Al solicitar la visa O-1A, USCIS requiere que el solicitante cumpla con criterios específicos para demostrar sus habilidades extraordinarias. El solicitante debe cumplir al menos tres de los siguientes ocho criterios:
Haber ganado premios o galardones:
El solicitante debe haber ganado premios o galardones reconocidos a nivel nacional o internacional en su campo. Estos premios demuestran las habilidades extraordinarias del solicitante y su posición prominente en su campo.
Haber sido mencionado en publicaciones reconocidas o medios de comunicación:
El solicitante debe tener artículos o menciones sobre él en publicaciones profesionales reconocidas, medios de comunicación principales o publicaciones comerciales. Estos artículos deben mostrar los logros del solicitante y su reconocimiento en su campo.
Haber servido como juez para evaluar el trabajo de otros:
El solicitante debe haber servido como juez para evaluar el trabajo de otros en su campo o en un campo relacionado. Esto demuestra la experiencia del solicitante en su área de especialización.
Haber hecho contribuciones significativas en su campo:
El solicitante debe haber hecho contribuciones científicas, académicas o comerciales originales en su campo. Estas contribuciones deben aportar innovaciones o avances en su campo.
Ser miembro de asociaciones profesionales reconocidas:
El solicitante debe ser miembro de una asociación profesional reconocida donde la membresía esté limitada a aquellos que han demostrado logros extraordinarios. Esta membresía demuestra la competencia y prestigio del solicitante en su campo.
Tener trabajo publicado en publicaciones profesionales o comerciales reconocidas o en medios de comunicación:
El trabajo del solicitante debe haber sido publicado en revistas profesionales reconocidas, publicaciones comerciales u otras fuentes de medios. Estas publicaciones deben demostrar la experiencia y el impacto del solicitante en su campo.
Recibir un salario o compensación alta:
El solicitante debe haber recibido o estar recibiendo un salario alto en comparación con otros en su campo. Esto indica el valor y la competencia del solicitante en su área.
Tener éxito comercial o profesional en su campo:
El solicitante debe haber alcanzado un éxito comercial reconocido en su campo. Estos éxitos demuestran el nivel avanzado en la carrera del solicitante y sus habilidades extraordinarias en su campo.
Los solicitantes que cumplan con al menos tres de estos criterios pueden ser elegibles para la visa O-1A. USCIS evalúa cuidadosamente cada solicitud y espera que los solicitantes demuestren claramente sus habilidades extraordinarias y logros en su campo.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la visa O1-B?
La visa O-1B se otorga a personas con habilidades extraordinarias en las artes, el cine o la televisión. USCIS requiere que los solicitantes cumplan con al menos tres de los siguientes seis criterios:
Haber desempeñado un papel principal o significativo:
El solicitante debe haber desempeñado un papel principal o significativo en una producción reconocida. Este papel debe demostrar los talentos artísticos del solicitante y su reconocimiento en su campo.
Recibir elogios de críticos reconocidos, organizaciones o medios de comunicación:
Los talentos artísticos y los logros del solicitante deben haber recibido elogios de críticos reconocidos, organizaciones o medios de comunicación. Estos elogios deben respaldar las habilidades extraordinarias del solicitante.
Lograr éxito comercial o hacer contribuciones significativas con una organización o institución reconocida:
El solicitante debe haber trabajado con una organización o institución reconocida para lograr éxito comercial o hacer contribuciones significativas. Estos éxitos demuestran las habilidades extraordinarias del solicitante en su campo.
Participar en actividades artísticas realizadas por instituciones, organizaciones o agencias gubernamentales reconocidas:
El solicitante debe haber participado en actividades artísticas organizadas por instituciones reconocidas, organizaciones o agencias gubernamentales. Estas actividades deben proporcionar una oportunidad para que el solicitante demuestre sus talentos.
Recibir un salario o compensación alta por su trabajo:
El solicitante debe haber recibido o estar en proceso de negociar un salario alto por su trabajo. Esto muestra el valor de los talentos artísticos del solicitante y su presencia en el mercado.
Haber desempeñado un papel principal o significativo en grupos artísticos reconocidos, organizaciones o proyectos colaborativos:
El solicitante debe haber desempeñado un papel principal o significativo en grupos artísticos reconocidos, organizaciones o proyectos. Este papel debe demostrar el liderazgo y la competencia del solicitante en su campo.
Los solicitantes que cumplan con al menos tres de estos criterios pueden ser elegibles para la visa O-1B. USCIS espera que los solicitantes proporcionen suficiente documentación y evidencia para demostrar sus habilidades extraordinarias en las artes, el cine o la televisión.
Solicitar la visa O1 puede ser un proceso complejo, pero puedes aumentar tus posibilidades de éxito siguiendo los pasos correctos y proporcionando los documentos necesarios. Si lo deseas, puedes comunicarte conmigo a través de cklawfirm.org o LinkedIn para averiguar si eres elegible para la visa O1 mediante nuestro servicio de consulta gratuita. Todo lo que necesitas hacer es enviarnos tu CV. Revisaremos tu CV y nos pondremos en contacto contigo dentro de las 24 horas.
¿Quién es el Abogado Asım Kılınç?
El abogado Asım Kılınç es cofundador de CK Law Firm y es reconocido por su experiencia en derecho de inmigración y solicitudes de asilo en los EE.UU. Kılınç completó su Maestría en la Facultad de Derecho Dedman de la Universidad Southern Methodist y es miembro del Colegio de Abogados de Missouri, con un enfoque en el derecho de inmigración de los EE.UU.
El extenso conocimiento y experiencia del abogado Kılınç en derecho de inmigración han contribuido significativamente al éxito de CK Law Firm en este campo. Ha participado activamente en la preparación de más de 1,000 casos, demostrando su experiencia en esta área. Al proporcionar un apoyo legal completo y profesional a sus clientes, les ayuda a adaptarse a sus nuevas vidas en los EE.UU.
El abogado Kılınç también tiene un amplio conocimiento en solicitudes de asilo en los EE.UU. Guía meticulosamente a sus clientes a lo largo del proceso, asegurando que reciban el mejor asesoramiento legal. Ofrece servicios de alta calidad a clientes en asuntos de ciudadanía, Green Card, permisos de trabajo y otros procesos de inmigración, apoyándolos desde el principio hasta el final en su camino hacia la ciudadanía estadounidense.
El abogado Asım Kılınç, quien refuerza el liderazgo de CK Law Firm en derecho de inmigración y solicitudes de asilo en los EE.UU., ofrece servicios de consultoría legal confiables y efectivos a los clientes, ayudándolos a construir una nueva vida en los EE.UU.
Por Ozlem Kara, redactor de contenidos de CK Law Firm
Özlem Kara, editor de contenido en CK Law Firm, y Ergül Çeliksoy, socio fundador de CK Law Firm, se reunieron en Ekşi Sözlük para responder a las preguntas más frecuentes sobre la visa de turista B1/B2. Agradecemos a Ergül Çeliksoy por la agradable entrevista.
Al leer esta publicación, encontrarás respuestas a las siguientes preguntas:
- ¿Qué es la Visa B1/B2?
- ¿Cuáles son los Requisitos para la Visa B1/B2?
- ¿Qué Documentos se Necesitan para la Visa B1/B2?
- ¿Cuál es la Validez y la Duración de la Estancia de la Visa B1/B2?
Hola Sr. Ergül, nos gustaría saber más sobre usted y su carrera. ¿Podría contarnos sobre usted?
Por supuesto. En 2017, completé mi Maestría en derecho internacional y derechos humanos en la Universidad de Nottingham y luego comencé mi doctorado en la misma universidad. En 2022, obtuve mi Doctorado en Derecho de la Escuela de Derecho de la Universidad de Nottingham. Mis publicaciones, investigaciones y artículos en mi campo han ganado reconocimiento internacional. He manejado muchos casos y ahora, con la experiencia que he adquirido, brindo servicios efectivos y orientados a soluciones a mis clientes en CK Law Firm, ayudándolos a comenzar nuevas vidas.
¿Qué es la Visa B1/B2?
La visa de turista B1/B2 es un tipo de visa de visitante otorgada a extranjeros que desean realizar visitas cortas a los Estados Unidos. La visa B1 se utiliza para viajes de negocios, mientras que la visa B2 se utiliza para fines como el turismo, tratamiento médico o visitas a familiares y amigos. La visa B1/B2 permite al solicitante ingresar temporalmente a los EE.UU. y permanecer por un período determinado.
¿Cuáles son los Requisitos para la Visa B1/B2?
Para solicitar la visa de turista B1/B2, se deben cumplir ciertos requisitos. Aquí están los requisitos importantes a considerar durante el proceso de solicitud:
Requisito 1: Propósito de Visita Temporal
Debe demostrar que tiene la intención de permanecer en los EE.UU. temporalmente y regresar a su país después de un cierto período.
Requisito 2: Pasaporte
Su pasaporte debe ser válido por al menos 6 meses más allá del final de su viaje planificado a los EE.UU.
Requisito 3: Capacidad Financiera
Debe demostrar que tiene la capacidad financiera para cubrir todos los gastos durante su estancia en los EE.UU. Esto se puede documentar a través de extractos bancarios, recibos de pago o cartas de patrocinio.
Requisito 4: Antecedentes Penales
Las personas sin antecedentes penales o cualquier problema legal que pueda afectar negativamente la solicitud de visa pueden aplicar.
Cumplir con estos requisitos y proporcionar los documentos necesarios es crucial para una solicitud de visa exitosa.
¿Qué Documentos se Necesitan para la Visa B1/B2?
Los documentos requeridos para solicitar la visa B1/B2 son los siguientes:
- Pasaporte Válido:
- Un pasaporte válido por al menos 6 meses más allá del final del período de la visa.
- Un pasaporte válido por al menos 6 meses más allá del final del período de la visa.
- Confirmación del Formulario DS-160:
- La página de confirmación del formulario de solicitud DS-160, completada en línea, con el código de barras.
- La página de confirmación del formulario de solicitud DS-160, completada en línea, con el código de barras.
- Recibo de Pago de la Tarifa de la Visa:
- El recibo que muestra que se ha pagado la tarifa de solicitud de visa.
- El recibo que muestra que se ha pagado la tarifa de solicitud de visa.
- Foto Biométrica:
- Una foto biométrica tomada en los últimos 6 meses, que muestre claramente su rostro. Esta foto también debe cargarse en el formulario DS-160.
- Una foto biométrica tomada en los últimos 6 meses, que muestre claramente su rostro. Esta foto también debe cargarse en el formulario DS-160.
- Confirmación de la Cita para la Entrevista:
- Confirmación de la cita para la entrevista obtenida en el consulado de los EE.UU.
- Confirmación de la cita para la entrevista obtenida en el consulado de los EE.UU.
- Documentos Financieros:
- Documentos que demuestren que puede cubrir los gastos de viaje en los EE.UU. Por ejemplo: extractos bancarios, recibos de pago, declaraciones de impuestos, documentos de patrocinio financiero (si otra persona cubre sus gastos).
- Documentos que demuestren que puede cubrir los gastos de viaje en los EE.UU. Por ejemplo: extractos bancarios, recibos de pago, declaraciones de impuestos, documentos de patrocinio financiero (si otra persona cubre sus gastos).
- Documentos que Demuestren la Intención de Regresar:
- Documentos que demuestren que el solicitante regresará a su país. Por ejemplo: una carta de permiso o documentos de trabajo, documentos de propiedad de bienes raíces, documentos que demuestren lazos familiares.
- Documentos que demuestren que el solicitante regresará a su país. Por ejemplo: una carta de permiso o documentos de trabajo, documentos de propiedad de bienes raíces, documentos que demuestren lazos familiares.
- Plan de Viaje y Documentos:
- Documentos que detallen el propósito, la duración y los detalles de la visita. Por ejemplo: reservas de hotel, reservas de boletos de avión, cartas de invitación para eventos en los que participará en los EE.UU.
- Documentos que detallen el propósito, la duración y los detalles de la visita. Por ejemplo: reservas de hotel, reservas de boletos de avión, cartas de invitación para eventos en los que participará en los EE.UU.
- Carta de Invitación:
- Si ha sido invitado a una reunión de negocios, conferencia o visita a un pariente/amigo en los EE.UU., se requiere una carta de invitación.
- Si ha sido invitado a una reunión de negocios, conferencia o visita a un pariente/amigo en los EE.UU., se requiere una carta de invitación.
- Documentos de Viajes Anteriores:
- Copias de visas y sellos de entrada-salida de viajes anteriores a los EE.UU. u otros países.
- Copias de visas y sellos de entrada-salida de viajes anteriores a los EE.UU. u otros países.
- Otros Documentos de Apoyo:
- Otros documentos, como un contrato de trabajo, identificación del lugar de trabajo o certificado de estudiante, si es necesario.
Estos documentos deben presentarse al consulado al solicitar una visa B1/B2 de los EE.UU. Es importante que los documentos sean completos y precisos para una solicitud de visa exitosa.
¿Cuál es la Validez y la Duración de la Estancia de la Visa B1/B2?
Los detalles clave sobre la validez y la duración de la estancia de la visa B1/B2 son los siguientes:
- Período de Validez: La visa B1/B2 generalmente tiene un período de validez de 1 a 10 años. El período de validez de la visa depende de la situación del solicitante, la información proporcionada durante la solicitud y la evaluación del consulado de los EE.UU. La visa B1/B2 a menudo permite múltiples entradas, lo que significa que puede ingresar a los EE.UU. varias veces durante el período de validez de la visa.
- Duración de la Estancia: Los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE.UU. (CBP) determinan cuánto tiempo puede permanecer en los EE.UU. después de ingresar. Generalmente, a quienes ingresan con una visa B1/B2 se les concede una estancia de hasta 6 meses. Sin embargo, esta duración puede ser más corta, dependiendo de la evaluación del oficial de CBP. El formulario I-94 (o el documento de entrada registrado electrónicamente) que recibe al ingresar determina su estancia en los EE.UU. Debe abandonar los EE.UU. antes de la fecha especificada en este formulario. La duración de la estancia es independiente del período de validez de la visa.
- Extensión de la Estancia: Si desea extender su estancia en los EE.UU., puede solicitar a USCIS que extienda el período de estancia de su visa. Esta solicitud debe hacerse antes de que expire el período de estancia en el formulario I-94. Su solicitud será evaluada, y si sus razones son suficientes, puede recibir una extensión.
- Diferencia Entre la Duración de la Visa y la Duración de la Estancia: La duración de la visa determina los períodos en los que puede ingresar a los EE.UU. Sin embargo, la duración de la estancia después de ingresar depende del período determinado por el oficial de CBP. Puede ingresar y salir de los EE.UU. varias veces durante el período de validez de su visa, pero es importante prestar atención a la duración de la estancia otorgada en cada entrada.
En conclusión, es crucial proporcionar información y documentos precisos en cada etapa de la solicitud. Debido a la complejidad del proceso y los requisitos legales, puede ser beneficioso buscar el apoyo de un abogado de inmigración. ¡Recuerde que puede contactarme directamente a través del sitio web de CK Law Firm, en info@cklawfirm.org o en LinkedIn!
Por Ozlem Kara, redactor de contenidos de CK Law Firm
Según datos oficiales del gobierno, la decisión del Presidente Biden de restringir las solicitudes de asilo en la frontera sur ha provocado una disminución significativa en el número de migrantes liberados en el interior de Estados Unidos. Esta política se implementó como parte de las medidas destinadas a reducir los cruces fronterizos ilegales en EE.UU.
Impacto de las Nuevas Políticas de Inmigración
En junio, el Presidente Biden realizó cambios sustanciales en el sistema de inmigración al emitir varias órdenes ejecutivas que restringen el derecho de la mayoría de los migrantes a solicitar asilo en EE.UU. Estos pasos resultaron en una disminución notable en el número de migrantes que cruzan ilegalmente la frontera entre Estados Unidos y México. En julio, el número de migrantes detenidos fuera de los puntos de entrada oficiales en la frontera sur cayó a 56,400, el nivel más bajo en casi cuatro años. Los expertos atribuyen esta disminución a los calurosos meses de verano y a la presión de México sobre los migrantes que se dirigen hacia el norte.
Disminución en la Liberación de Migrantes
Uno de los resultados más notables de estas nuevas políticas ha sido la reducción significativa en el número de migrantes liberados por la Patrulla Fronteriza de EE.UU. En julio, la Patrulla Fronteriza liberó a muchos menos migrantes con avisos para comparecer en la corte en comparación con meses anteriores. Por ejemplo, en mayo, este número fue de 62,000, pero cayó a 12,000 en julio.
Estas medidas estrictas también han aumentado la tasa de migrantes sometidos a procedimientos de deportación acelerada. En julio, el 50% de los migrantes detenidos fueron sometidos a estos procedimientos, lo que marca un aumento significativo en comparación con meses anteriores.
Acceso Restringido al Derecho de Asilo
Según las leyes de EE.UU., el asilo se ofrece para brindar protección legal a los extranjeros que huyen de la persecución por razones específicas. Sin embargo, los cambios en las políticas de asilo del Presidente Biden han restringido gravemente el acceso de los migrantes a este derecho. Desde junio, ha habido una disminución sustancial en el número de migrantes examinados por oficiales de asilo. Además, las nuevas reglas han dificultado que los migrantes expresen su temor a sufrir daños, aumentando el riesgo de que se rechacen las solicitudes de asilo.
Perspectivas Futuras
La administración Biden anticipa que si estas políticas continúan aplicándose, la disminución en los cruces fronterizos ilegales persistirá. Sin embargo, existe el riesgo de que estas políticas sean anuladas en los tribunales federales. Los defensores de los derechos de los inmigrantes, en particular, argumentan que las políticas de Biden tienen consecuencias negativas para los migrantes.
Para más detalles, visite el sitio web de CBS News.
En CK Law Firm, seguimos de cerca los desarrollos actuales en la ley de inmigración de EE.UU. y continuamos brindando a nuestros clientes la información más precisa. Contáctenos para obtener más información sobre las solicitudes de asilo y otros procesos de inmigración.
Por Asim Kilinc, Abogado de Inmigración en CK Law Firm
Seleccionar el tipo de visa correcto es fundamental para las personas que planean viajar a los Estados Unidos. El tipo de visa depende del propósito y la duración de su visita. Aquí están los tipos de visas para EE.UU. más comunes:
Visas de Turista (B1/B2)
- Visa B1: Utilizada para viajes de negocios. Es adecuada para reuniones de negocios, conferencias o negociaciones comerciales. Sin embargo, esta visa no permite trabajar en EE.UU.
- Visa B2: Utilizada para turismo, visitas a familiares o amigos, tratamiento médico o eventos sociales. Con esta visa, no puede trabajar ni estudiar en EE.UU.
Visas de Trabajo (H1B, L1, O1)
- Visa H1B: Una visa de trabajo temporal para trabajos especializados, donde el solicitante tiene una oferta de trabajo específica y es patrocinado por un empleador en EE.UU. La visa H1B permite permanecer en EE.UU. hasta 3 años, con posibles extensiones bajo ciertas condiciones.
- Visa L1: Emitida para transferencias entre sucursales de la misma empresa en diferentes países. L1A es para ejecutivos y gerentes, mientras que L1B es para posiciones que requieren conocimientos especializados.
- Visa O1: Otorgada a personas con habilidades extraordinarias en los campos de la ciencia, el arte, la educación, los negocios o el deporte.
Visas de Estudiante (F1, M1)
- Visa F1: Otorgada a estudiantes que desean cursar estudios académicos a tiempo completo en escuelas, colegios o universidades acreditadas en EE.UU. Los titulares de la visa F1 pueden trabajar en el campus bajo condiciones específicas.
- Visa M1: Aplica para estudiantes que desean inscribirse en programas de formación vocacional o técnica. Los titulares de la visa M1 pueden permanecer en EE.UU. durante la duración de su programa académico.
Visas de Programa de Intercambio (J1)
- Visa J1: Otorgada a personas que participan en programas de intercambio cultural, como estudiantes, profesores, pasantes o investigadores. Los titulares de la visa J1, generalmente, deben regresar a su país de origen al completar su programa.
Visas de Inmigrante (EB-5, DV)
- Visa EB-5: Un tipo de visa de inmigrante para inversores extranjeros que desean obtener una Green Card mediante inversiones en EE.UU. y la creación de empleos bajo ciertas condiciones.
- Visa de Lotería DV (Green Card): Una visa otorgada a través de la Lotería de Visas de Diversidad (DV) realizada anualmente por el gobierno de EE.UU., permitiendo a los seleccionados obtener una Green Card y vivir y trabajar en EE.UU. de forma indefinida.
- Visa EB-2 National Waiver: Disponible para aquellos que han demostrado logros significativos en su campo y cumplen con al menos 3 de los 10 criterios establecidos por USCIS.
- Visa EB-1A: Emitida a personas que han alcanzado un alto nivel de éxito en los campos de la ciencia, el arte, la educación, los negocios o el deporte.
Visas para Prometidos y Familiares (K1, K3)
- Visa K1: Emitida a ciudadanos extranjeros comprometidos con un ciudadano estadounidense. Después de ingresar a EE.UU. con una visa K1, la pareja debe casarse dentro de 90 días.
- Visa K3: Otorgada a cónyuges de ciudadanos estadounidenses que desean establecerse en EE.UU. Esta visa permite al cónyuge vivir en EE.UU. mientras su solicitud de Green Card está en proceso.
Elegir el tipo de visa correcto es crucial para asegurar que sus planes se desarrollen sin problemas. Cada tipo de visa tiene requisitos y condiciones específicas. En CK Law Firm, estamos encantados de guiarle en su proceso de solicitud de visa para EE.UU. No dude en ponerse en contacto a través de cklawfirm.org, info@cklawfirm.org o contactarme directamente en LinkedIn.
¿Quién es el Abogado Asım Kılınç?
El abogado Asım Kılınç es cofundador de CK Law Firm y es reconocido por su experiencia en derecho de inmigración y solicitudes de asilo en los EE.UU. Kılınç completó su Maestría en la Facultad de Derecho Dedman de la Universidad Southern Methodist y es miembro del Colegio de Abogados de Missouri, con un enfoque en el derecho de inmigración de los EE.UU.
El extenso conocimiento y experiencia del abogado Kılınç en derecho de inmigración han contribuido significativamente al éxito de CK Law Firm en este campo. Ha participado activamente en la preparación de más de 1,000 casos, demostrando su experiencia en esta área. Al proporcionar un apoyo legal completo y profesional a sus clientes, les ayuda a adaptarse a sus nuevas vidas en los EE.UU.
El abogado Kılınç también tiene un amplio conocimiento en solicitudes de asilo en los EE.UU. Guía meticulosamente a sus clientes a lo largo del proceso, asegurando que reciban el mejor asesoramiento legal. Ofrece servicios de alta calidad a clientes en asuntos de ciudadanía, Green Card, permisos de trabajo y otros procesos de inmigración, apoyándolos desde el principio hasta el final en su camino hacia la ciudadanía estadounidense.
El abogado Asım Kılınç, quien refuerza el liderazgo de CK Law Firm en derecho de inmigración y solicitudes de asilo en los EE.UU., ofrece servicios de consultoría legal confiables y efectivos a los clientes, ayudándolos a construir una nueva vida en los EE.UU.
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